Después de la confusión que se generó a partir del DNU de Milei para “desregular la economía” y ante el inicio de muchos de vacaciones en auto, el director de Capacitación y Comunicación de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), Sebastián Kelman, repasó la documentación obligatoria para circular en un vehículo tanto en ciudades como en rutas del país.
“Con el decreto no cambió absolutamente nada, se sigue exigiendo la misma documentación que se pedía antes porque no se derogó la ley de Tránsito. Lo que cambió es la forma de registración, no de circulación”, detalló el funcionario provincial.
Con respecto a cuáles son los papeles obligatorios para circular en un vehículo, Kelman detalló: “Lo que un trabajador de la APSV, un agente de la Policía Vial o cualquier inspector de tránsito puede pedir es: licencia de conducir vigente, cédula de identificación del automotor, póliza de seguro, recibo de última patente paga, DNI del conductor y la oblea de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO)”.
“La falta de parte de esta documentación genera una multa. En el caso de que el conductor circule sin registro, se le puede retener el vehículo hasta que se presente alguien con licencia vigente. Mientras que si el carné está vencido, podrá seguir circulando pero se le labrará el acta”, agregó.
Consultado sobre en qué casos los agentes pueden retirar de circulación el vehículo, Kelman explicó que los agentes evalúan dos cuestiones. Por un lado se evalúa la peligrosidad de que tanto el vehículo o el conductor sigan circulando y por el otro la capacidad logística de poder retirar automóviles y trasladarlos a un corralón.
“La APSV está facultada a retener vehículos en un montón de infracciones como puede ser la falta de licencia de conducir, o no tener renovada la RTO. En la práctica se retira siempre cuando hay alcoholemia positiva, pero también en situaciones extremas como por ejemplo si un vehículo está circulando sin luces durante la noche”, remarcó.