Con miras a la temporada de verano que inicia el 21 de diciembre, Trenes Argentinos anunció que un mes antes pondrá a la venta los pasajes de larga distancia para quienes quieran viajar en diciembre, enero y febrero.
Tal es así que a partir del 21 de noviembre estará disponible el expendio de los tickets de todos los servicios de pasajeros de larga distancia.
Desde la empresa ferroviaria recordaron que los usuarios podrán adquirir sus boletos mediante la página web de la compañía con un 10% de descuento. Además, informaron que la semana que viene quedará establecida la modalidad de adquisición y el cronograma definitivo.
Para los viajes de larga distancia es imprescindible que entre 72 y 24 horas antes de la partida del servicio el pasajero confirme su viaje a la ida y a la vuelta con su número de reserva, para obtener su pasaje. Sin él no podrás subir al tren.
El pasaje es válido únicamente para el día y hora de viaje estipulados en el mismo. El boleto deberá ser conservado por el pasajero, pudiendo ser solicitado en cualquier momento del viaje por el guarda u otro empleado autorizado en el tren y/o en lugares de entrada/salida de los andenes.
Todos los pasajeros, sin excepción, deben acreditar su identidad con DNI y/o pasaporte vigente cuando les sea requerido, tal cual figura en el boleto.
Los menores de 14 años no pueden viajar solos. Deben hacerlo siempre acompañados por el padre/ madre o tutor, quienes deben acreditar el vínculo con el menor. También podrán viajar acompañados por un mayor que esté debidamente autorizado por las personas a cargo del niño. Podés descargar la autorización (declaración jurada) o solicitarla en la boletería al momento de adquirir el pasaje.
Los menores de 14 a 17 años pueden viajar solos, siempre y cuando cuenten con la autorización, brindada por la empresa, refrendada por personal autorizado. Podés descargar la autorización (declaración jurada) o solicitarla en la boletería al momento de adquirir el pasaje.
El jubilado que adquiera boletos con el 40% descuento vigente deberá viajar con documentación que acredite la bonificación, caso contrario corresponderá abonar la diferencia.
Las personas con discapacidad que posean en vigencia el correspondiente pase libre otorgado por la Secretaría de Transporte de la Nación o el Certificado de Discapacidad (original o copia legalizada) y el Documento Nacional de Identidad se encuentran exentas del pago de pasaje. Este derecho comprende igual beneficio para un acompañante en caso de que así lo determine el certificado extendido.