El domingo 16 de julio se llevan adelante las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en Santa Fe donde se elegirán los candidatos que competirán en los comicios del 10 de septiembre.
Según el Código Electoral provincial “las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, serán una carga pública para los ciudadanos habilitados a votar por el padrón electoral general de la provincia de Santa Fe, correspondiéndole las mismas sanciones que previene la ley de la materia, a quien no concurra a votar sin causa justificada”.
Qué pasa si no voto
Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $50 y $500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
Aquellos que no abonen la multa correspondiente quedarán anotados en el Registro de Infractores, una base de datos articulada por la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que figuran la cantidad de veces que los ciudadanos habilitados para votar no hayan cumplido con el deber cívico.
Cómo justificar la no concurrencia
La justificación del no voto comienza en la página web del Tribunal Electoral.
Se debe buscar dentro de esta web el banner que indique “Justificación de la no emisión del voto”. Una vez allí, la persona que realiza el trámite debe identificarse colocando su número de DNI y su sexo. Se exhibirá entonces en pantalla el artículo 12 del Código Electoral Nacional, que establece el “Deber de votar”. Este artículo indica quiénes quedarán exentos a través de una serie de incisos que enumeran los motivos de la no concurrencia. El usuario debe elegir el inciso pertinente por el cual no concurrió al sufragio, completando un cuadro con el N° de teléfono, correo electrónico y el inciso propiamente dicho. Finalmente, el usuario puede elegir imprimir la constancia.